¿Es obligatorio un seguro de vida para una hipoteca?

¿Es obligatorio un seguro de vida para una hipoteca?

Si vas a firmar la hipoteca o la vas a cambiar, es probable que te hayas preguntado si es obligatorio un seguro de vida para que te la concedan. Sigue leyendo porque hoy te contamos todos los requisitos y la legalidad vigente. Además te damos algunos consejos para que tu hipoteca sea lo más rentable posible.

¿Es obligatorio contratar un seguro de vida con la hipoteca?

Desde la entrada en vigor de la ley hipotecaria (Ley 5/2019), los bancos no pueden obligar a los clientes que contraten sus seguros de vida para darles una hipoteca. El banco sí que puede en algunos casos solicitar que el cliente tenga un seguro asociado a su hipoteca pero no necesariamente su seguro.

Ahora bien, tener un seguro de vida asociado al préstamo es una práctica es de lo más habitual, tanto porque es una herramienta muy segura para los hipotecados, como porque suele salir muy rentable. En otras palabras, tener un seguro de vida es muy beneficioso para protegerse de cara al futuro. Además, los bancos suelen ofrecer una rebaja del interés de la hipoteca por la contratación de ciertos seguros. Así que es posible que el seguro de vida sea realmente económico.

Además, es importante saber que tampoco es obligatorio contratar un seguro de vida hipotecario con el mismo banco. Es decir, si por ejemplo ya existe un seguro de vida (o de otro tipo) en otra compañía aseguradora, o si hay un seguro de vida más económico que el actual con el banco, siempre se puede contratar fuera de la entidad financiera y vincularlo a la hipoteca.

¿Qué cubre el seguro de vida vinculado a hipoteca?

Es importante recordar que la principal cobertura del seguro de vida es la cobertura por fallecimiento. Con este tipo de contratos de protección, si la persona asegurada sufre alguno de los siniestros imprevistos y contemplados en el acuerdo, el resto de la familia no tendrá que preocuparse ni responsabilizarse del préstamo pendiente. Es decir, los familiares podrán quedar libres frente a las cargas económicas que conllevan las cuotas hipotecarias al adquirir una vivienda.

Dicho de otra manera, al contratar un seguro de vida hipoteca la aseguradora asumirá el pago del capital pendiente por el préstamo. Por lo que el hogar y los familiares quedarían libres de la hipoteca, con la tranquilidad que ello supone tanto para el titular de la póliza como para quienes tuvieran que hacerla frente.


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¿Puede complementarse una póliza de vida hipotecaria con otras coberturas?

La respuesta es sí. En el sector de los seguros de vida, podemos encontrar ofertas ligadas a la hipoteca que completan el contrato con servicios que van más allá de la cobertura básica para la hipoteca.

La más común suele ser un seguro de vida frente a accidentes personales. Su contratación implica un adelanto del capital asegurado para pagar los posibles gastos derivados del entierro. Sin embargo, también te protegerá frente al posible fallecimiento del asegurado y su cónyuge al sufrir un accidente. En estos casos, si algunas de estas personas tuvieran hijos menores de edad, los beneficiarios irían más allá del banco y la hipoteca, pues los designados quedarían protegidos por un capital adicional.

Diferencias entre un seguro de vida hipoteca y una póliza de vida

No se deben confundir ambos productos, ya que aunque los dos protejan, tienen objetivos diferentes. Si partimos de que el concepto del producto y el hecho asegurado en el par de pólizas es el mismo, la gran diferencia radica en que con un seguro de vida hipotecario el capital que decides asegurar se reduce proporcionalmente a cómo lo haga el préstamo, según se vaya pagando antes de que se active la cobertura de la póliza. La otra gran diferencia es el beneficiario en cada caso: normalmente, contratar un seguro de vida hipotecario conlleva que su beneficiario sea el banco.

¿Se puede anular el seguro de vida vinculado a la hipoteca?

Esto es posible siempre y cuando esté dentro del periodo de desistimiento. Es decir, si el banco te ha hecho contratar un seguro de vida sin que estés aún conforme, debes saber que puedes echarte atrás y cancelar este contrato, si todavía estás en el plazo de desistimiento. El plazo de desistimiento es un periodo de 30 días a partir de la contratación del seguro. Durante este tiempo, se puede optar por cancelar el contrato.

Si ya ha pasado este plazo, recuerda que deberás cancelar tu seguro para negarte a renovarlo. Esto se notifica con un mes de antelación a la fecha de la renovación, que normalmente es anual.

¿Por qué contratar un seguro de vida?

En conclusión, aunque no exista una hipoteca de por medio, un seguro de vida es la mejor solución para dejarlo todo previsto, incluso en el peor de los escenarios. Si necesitas un seguro de vida, ya sea como protección familiar o para la cobertura de un préstamo, puedes conseguirlo en Segurfer.

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