Seguro de Impago de Alquiler
ÍNDICE DE CONTENIDOS
¿Tu nuevo inquilino parece responsable?
¿Cruzas los dedos para no encontrarte con ninguna sorpresa?
¿Tienes una vivienda pero el miedo y la incertidumbre te pueden?
¿Podrías afrontar las rentas impagadas o los desperfectos en tu vivienda?
¿Pero sabes lo que estos seguros cubren, o en todo lo que te pueden ayudar?
Desde Segurfer te explicamos este tipo de seguros, sigue leyendo y no tendrás ninguna duda.
¿A quién puede ayudar?

Está dirigido a los propietarios de viviendas alquiladas a terceros.
Objetivo
Los seguros de alquiler, buscan proteger los intereses de los propietarios ante situaciones que se producen con motivo del alquiler de la vivienda.
- Falta de pago de las rentas de alquiler
- Daños al inmueble
- Incumplimiento de los contratos de arrendamiento de servicios y suministros.
Beneficios

Garantiza la protección de los derechos del Asegurado como propietario del inmueble designado en póliza.
Defensa Jurídica + prestaciones por pérdidas económicas
Requisitos del inquilino
- La renta anual del alquiler no podrá superar el 45% de los ingresos anuales netos del arrendatario (si no se cumple este requisito se valorará la existencia de más de un inquilino y/o avalista).
- Contrato laboral indefinido o de duración superior a un año. Si el arrendatario no dispone, tendrá que presentar un certificado de vida laboral.
- Si es un trabajador autónomo, pensionista, estudiante, u otros, se debe previamente consultar.
- Los avalistas deben cumplir los mismos criterios y condiciones que los inquilinos.
¿Necesita un seguro de impago de alquiler y no sabe cuál elegir?
COMPARE PRECIOSCoberturas

- Asistencia Jurídica Telefónica sin límite de consultas, donde podrás consultar todas las dudas sobre los derechos y obligaciones como arrendador en tu seguro de alquiler.
- Defensa y reclamación en contratos de alquiler, defenderá tus derechos ante casos de impagados, daños a la vivienda, importes de la fianza o si el inquilino se va de la propiedad sin cumplir lo pactado.
- Defensa por responsabilidad civil, en caso de denuncia o exigencia de responsabilidad penal, un abogado especializado defenderá tus derechos como propietario, garantizando la mejor defensa.
- Impago de rentas mensuales, siempre que exista un juicio de desahucio la compañía asumirá el coste de los impagos por parte del inquilino. Obteniendo el asegurado la seguridad sobre el pago de las rentas.
- Reclamación de daños de origen extracontractual, en caso de que un tercero ocasione daños a la vivienda o los muebles ubicados en el interior, la compañía procederá a realizar la reclamación a este. Así como en caso de incumplimiento de servicios de reparación o mantenimiento de las instalaciones, donde también procederá a la reclamación ya sea de forma amistosa o judicial.
- Actos vandálicos, los daños causados por el inquilino, producidos por deterioro o robo en el continente.
Preguntas frecuentes
- ¿Cuándo se recibe el pago de las rentas?
- A partir del segundo mes de incumplimiento siempre que se haya presentado la demanda. Y en las compañías con franquicia, una vez finalizado este plazo. Se abona de forma mensual si es solicitado por el propietario.
- A partir del segundo mes
- El cargo del seguro se realiza al tomador, que tiene que ser distinto del inquilino. Pero de forma particular se puede llegar a un acuerdo para que el inquilino abone la prima del seguro.
- ¿Cuánto se tarda en dar respuesta, tras el estudio de viabilidad?
- Desde Segurfer le damos respuesta en menos de 24 horas desde que recibimos toda la documentación completa del inquilino.
En el caso de necesitar autorización por la compañía pueden ser de 48 horas. - ¿Y si el inquilino deja la vivienda antes del que finalice de la póliza?
- Se puede solicitar un extorno de la parte no consumida hasta un máximo de 6 meses, o el cambio inmediato de inquilino. Se tiene que presentar la anulación del contrato de alquiler.
- Si el inquilino se declara insolvente, ¿el propietario tiene que devolver la cantidad que le ha abonado la compañía?
- No. El propietario aunque haya percibido rentas por parte de la aseguradora y el inquilino sea insolvente, no tendría que devolverlo a la aseguradora.
Se deberá devolver las cantidades cobradas por la aseguradora,cuando el propietario una vez cobrada la indemnización por la compañía, se las abona el inquilino.
Si estás interesado en asegurar tu bienestar y reducir la incertidumbre por si recibirás el pago de tus rentas o si podrás hacer frente a los gastos futuros en caso de una situación inesperada.
Desde Segurfer te ofrecemos las diferentes opciones de este tipo de seguros, garantizando las mejores coberturas y los mejores precios.
Si quieres informarte, entra en nuestro comparador de precios de seguros de alquiler y en pocos minutos tendrás tu presupuesto, y un asesor especializado te facilitará toda la información necesaria y te gestionará la contratación.