Seguro de Vida Colectivo para Empresas: Guía Completa 2026 [Obligatorio según Convenio]
ÍNDICE DE CONTENIDOS
- ¿Qué es un seguro de vida colectivo?
- ¿Es obligatorio el seguro de vida en empresas?
- ¿Quién paga el seguro de vida colectivo?
- ¿Qué coberturas tienen?
- Beneficios para la empresa
- Beneficios para los trabajadores
- Seguro colectivo vs individual
- Tipos de seguros colectivos para empresas
- Fiscalidad completa 2026
- ¿Cuánto cuesta?
- Casos prácticos reales
- Cómo contratar
- Preguntas frecuentes
Si estás considerando un seguro de vida colectivo para tus empleados, has llegado al lugar correcto. Esta guía esencial actualizada a 2026 te ayudará a entender a fondo qué es este producto, desde sus importantes ventajas fiscales para tu empresa hasta cómo ofrece una sólida protección financiera y beneficios adicionales a tus trabajadores. Descubre por qué es una inversión inteligente para el bienestar de tu equipo y cuándo es obligatorio según tu convenio colectivo.
¿Qué es un seguro de vida colectivo?
Un seguro de vida colectivo es una póliza única que una empresa contrata para proteger a un grupo de empleados ante fallecimiento o invalidez, cubriendo a todos bajo un mismo contrato. A diferencia del seguro individual, el colectivo no requiere exámenes médicos extensos y es hasta un 60% más económico.
Características principales del seguro de vida colectivo:
- Tomador: La empresa contrata y gestiona la póliza
- Asegurados: Empleados del grupo (todos o categorías específicas)
- Beneficiarios: Familiares designados por cada trabajador (cónyuge, hijos, ascendientes)
- Sin exámenes médicos: En la mayoría de casos no se requieren pruebas individuales
- Ahorro medio: 20% vs. pólizas individuales, 40% vs. seguros bancarios
- Cobertura 24/7: Protección dentro y fuera del horario laboral
¿Cómo funciona en la práctica?
La empresa contrata una póliza con una aseguradora especificando:
- Colectivo asegurado: Todos los empleados o solo determinadas categorías (directivos, personal técnico, etc.)
- Capital asegurado: Puede ser fijo (ej: 30.000€ para todos) o variable (ej: 2x salario bruto anual de cada empleado)
- Coberturas: Fallecimiento, invalidez permanente, enfermedades graves, asistencia funeraria, etc.
- Modalidad de pago: Empresa 100%, compartido o empleado 100% (con ventajas de grupo)
La flexibilidad en el pago de las primas es una característica clave: estas pueden ser cubiertas totalmente por la empresa, compartidas entre empleador y empleado, o asumidas por los propios trabajadores. Este tipo de seguro es más accesible y rentable que las pólizas individuales, gracias a la distribución del riesgo entre un grupo amplio —el precio baja de forma considerable— y, a menudo, sin requerir exámenes médicos individuales.
Además de la protección por fallecimiento, muchas pólizas de seguro de vida colectivo incluyen beneficios fiscales significativos para la empresa (deducción de primas) y, en ciertos casos, exenciones fiscales para los beneficiarios. También pueden ofrecer coberturas adicionales como invalidez, enfermedades graves o servicios de asesoramiento financiero, consolidándose como una herramienta de protección integral.
¿Es obligatorio el seguro de vida colectivo en empresas?
El seguro de vida colectivo es obligatorio SOLO cuando lo establece el convenio colectivo de tu sector. No existe una ley general que obligue a todas las empresas españolas a contratar este seguro, pero sí hay sectores donde el convenio lo hace obligatorio.
Sectores donde SÍ es obligatorio (por convenio colectivo):
- Construcción: Seguro de vida obligatorio que cubre fallecimiento e invalidez permanente por accidente laboral. Es uno de los seguros más extendidos y conocidos del sector.
- Transporte de mercancías y pasajeros: Los convenios de transporte suelen exigir cobertura mínima para conductores y personal operativo.
- Seguridad privada: Uno de los sectores con mayor exigencia de cobertura debido al alto riesgo de la actividad.
- Sector del metal: Convenios provinciales y nacionales que establecen capitales mínimos obligatorios.
- Química e industria: Empresas del sector químico con convenios que obligan a protección por riesgos laborales.
- Limpieza: Según convenio provincial o estatal, con coberturas variables.
- Hostelería: Algunos convenios provinciales incluyen seguro de vida como prestación obligatoria.
¿Cómo saber si es obligatorio en tu empresa?
Sigue estos pasos para verificar la obligatoriedad:
- Identifica tu convenio colectivo aplicable: Puede ser sectorial (nacional o provincial), de empresa o territorial.
- Busca el apartado de "Seguros" o "Previsión Social": Suele estar en el capítulo de beneficios sociales o prestaciones.
- Verifica:
- Capital mínimo obligatorio (puede ser fijo o múltiplo del salario)
- Coberturas exigidas (fallecimiento, IPA, IPT, accidentes)
- Colectivo al que aplica (todos los empleados, solo determinadas categorías, antigüedad mínima)
- Quién asume el coste (empresa 100%, compartido)
- Consulta con asesoría laboral: Si tienes dudas sobre interpretación del convenio.
¿Qué pasa si no cumplo con el seguro obligatorio por convenio?
El incumplimiento del convenio colectivo puede tener consecuencias:
- Sanciones de la Inspección de Trabajo: Multas que pueden oscilar entre 626€ y 6.250€ por infracción grave.
- Reclamaciones de trabajadores: Los empleados pueden reclamar el derecho a la prestación establecida en convenio.
- Indemnizaciones: Si ocurre un siniestro y la empresa no tenía el seguro contratado, podría tener que asumir el capital completo directamente.
Seguro de vida para trabajadores: ¿Quién paga?
Existen tres modalidades de pago para el seguro de vida de empleados, cada una con sus ventajas fiscales y operativas:
1. Pago 100% por la empresa (Beneficio Social)
La empresa asume el coste completo de la prima. Es la opción más común cuando:
- El seguro es obligatorio por convenio colectivo
- La empresa lo ofrece como beneficio de atracción y retención de talento
- Se busca mejorar el paquete retributivo sin incrementar salarios brutos
Ventajas e inconvenientes:
- ✅ Ventaja empresa: Deducible al 100% en el Impuesto de Sociedades (ahorro fiscal del 25%)
- ✅ Ventaja empleado: Acceso a protección sin coste directo de bolsillo
- ❌ Inconveniente empleado: No exento de IRPF, tributa como retribución en especie (el empleado paga impuestos sobre el valor de la prima)
2. Pago compartido empresa-empleado (Coste compartido)
Cada parte asume un porcentaje de la prima. Las distribuciones más comunes son:
- 50% empresa - 50% empleado
- 70% empresa - 30% empleado
- 60% empresa - 40% empleado
¿Cuándo se usa?
- Cuando la empresa quiere ofrecer mejores coberturas sin asumir el coste total
- Para permitir al empleado personalizar capitales o coberturas adicionales
- Como fórmula de corresponsabilidad en beneficios sociales
3. Pago 100% por el empleado (Con condiciones de grupo ventajosas)
La empresa negocia condiciones de grupo pero el empleado paga la prima completa, consiguiendo hasta un 40-60% de ahorro vs. pólizas individuales del mercado.
Ventajas de esta modalidad:
- El empleado ahorra entre 40-60% frente a contratar una póliza individual en el banco
- No genera coste ni obligaciones fiscales adicionales para la empresa
- El empleado puede personalizar coberturas y capitales según sus necesidades
- Suele incluir acceso sin exámenes médicos o con requisitos simplificados
Comparativa de modalidades de pago
| Concepto | Empresa 100% | Compartido 50/50 | Empleado 100% |
|---|---|---|---|
| Coste empresa | 200€/año | 100€/año | 0€ |
| Deducción fiscal empresa | Sí (100%) | Sí (su parte) | No aplica |
| Tributa IRPF empleado | Sí (200€) | Sí (100€) | No |
| Coste neto empleado | ~60€ (IRPF) | ~130€ (parte+IRPF) | ~200€ (precio grupo) |
| Ahorro vs individual | 85% | 67% | 50% |
¿Qué coberturas tiene un seguro de vida colectivo?
Las coberturas de un seguro de vida colectivo pueden variar según la póliza y la aseguradora, pero generalmente incluyen las siguientes:
Coberturas básicas (más comunes):
- Cobertura por Fallecimiento: Proporciona una suma asegurada a los beneficiarios designados en caso de fallecimiento del asegurado durante la vigencia de la póliza, por cualquier causa (enfermedad o accidente). Es la cobertura fundamental y más contratada.
- Cobertura por Invalidez Permanente Absoluta (IPA): Ofrece una suma asegurada o una renta mensual en caso de que el asegurado quede incapacitado de manera total y permanente para realizar cualquier trabajo. Requiere certificación oficial de la Seguridad Social.
- Cobertura por Invalidez Permanente Total (IPT): Protege cuando el asegurado no puede realizar su profesión habitual, aunque podría realizar otras actividades laborales. Habitualmente paga el 100% del capital asegurado.
- Cobertura por Enfermedades Graves: Proporciona un pago único anticipado (entre 30-100% del capital asegurado) si al asegurado se le diagnostica una enfermedad grave cubierta por la póliza, como:
- Cáncer con metástasis
- Infarto agudo de miocardio
- Accidente cerebrovascular (ictus)
- Insuficiencia renal crónica
- Trasplante de órganos vitales
- Esclerosis múltiple
- Enfermedad de Parkinson
- Alzheimer
Coberturas complementarias (opcionales):
- Cobertura por Accidente: En caso de muerte accidental o lesiones graves resultantes de un accidente, se ofrece una suma asegurada adicional (doble o triple del capital básico). Incluye accidentes de tráfico, laborales, domésticos y de ocio.
- Asistencia Funeraria: Cubre los gastos funerarios en caso de fallecimiento del asegurado (entre 3.000€ y 6.000€ habitualmente), aliviando la carga financiera inmediata para los familiares. Incluye gestión completa del sepelio.
- Cobertura de Incapacidad Temporal (IT): Proporciona un ingreso diario/mensual (complemento a la prestación de la SS) si el asegurado no puede trabajar por un período determinado debido a enfermedad o lesión. Habitual en seguros más completos.
- Cobertura de Gastos Médicos por Accidente: Cubre los costos médicos, quirúrgicos y de rehabilitación relacionados con el tratamiento de lesiones sufridas en un accidente (ambulancias, urgencias, cirugías, prótesis).
- Cobertura de Maternidad y Paternidad: Algunas pólizas modernas ofrecen beneficios relacionados con la maternidad y paternidad, como apoyo financiero durante el período de licencia o prestación por nacimiento/adopción.
- Ayuda por Orfandad: Renta mensual para hijos menores en caso de fallecimiento del asegurado, hasta que alcancen determinada edad (habitualmente 18-25 años si estudian).
Tipos de seguros según coberturas combinadas:
Seguros puros de vida: Cuando las coberturas (Fallecimiento, IPA o IPT) son por cualquier causa (enfermedad o accidente), sin restricciones.
Seguros mixtos: Cuando además de las coberturas de vida, incorporan coberturas específicas de accidentes y/o enfermedad laboral, o incluyen prestaciones complementarias como asistencia médica.
Coberturas más contratadas por combinación:
- Básica económica: Solo Fallecimiento (la más económica)
- Intermedia: Fallecimiento + IPA (equilibrio precio/protección)
- Completa: Fallecimiento + IPA + IPT (la más cara pero más protectora)
- Premium: Fallecimiento + IPA + IPT + Enfermedades Graves + Asistencia Funeraria
Beneficios para la empresa por contratar el seguro de vida colectivo
El seguro de vida colectivo proporciona múltiples ventajas estratégicas y fiscales para las empresas que lo contratan:
1. Ventajas fiscales y económicas
- Deducción fiscal 100%: Las primas pagadas por la empresa son gastos deducibles en el Impuesto sobre Sociedades. Esto se traduce en una reducción directa de la carga fiscal para tu negocio (ahorro efectivo del 25% sobre el coste de las primas).
- Menor coste del seguro: Las primas de los seguros colectivos suelen ser 20-60% más bajas que las de los seguros de vida individuales, ya que el riesgo se distribuye entre un grupo de personas. Una empresa puede conseguir protección para 50 empleados por el precio que costarían 20 pólizas individuales.
- Participación en beneficios: Algunas aseguradoras ofrecen devolución de primas (bonificaciones) si la siniestralidad del grupo es baja, generando ahorros adicionales del 10-30% sobre las primas pagadas.
- Sin coste oculto: Gestión centralizada que evita los costes administrativos de gestionar múltiples pólizas individuales.
2. Atracción y retención de talento
- Fidelización de empleados: Ofrecer un beneficio adicional como un seguro de vida colectivo actúa como un incentivo no monetario poderoso y mejora significativamente la retención de talento. Empleados con familia valoran especialmente este beneficio.
- Ventaja competitiva en reclutamiento: El 73% de candidatos valora positivamente los beneficios sociales al elegir entre ofertas laborales similares (datos Informe Tendencias RRHH 2024).
- Employer branding: Posiciona a la empresa como empleador responsable que se preocupa por el bienestar integral de su plantilla.
3. Mejora del clima laboral y productividad
- Mejora del clima laboral: Demuestra el compromiso de la empresa con el bienestar y la seguridad de sus empleados, fomentando un ambiente de trabajo positivo y de confianza.
- Reducción del absentismo: Empleados más tranquilos y seguros tienden a presentar menor absentismo laboral (reducción media del 8-12% según estudios del sector).
- Aumento del engagement: Trabajadores que sienten que la empresa cuida de ellos muestran mayor compromiso y productividad (incremento medio del 15% según estudios de clima laboral).
4. Flexibilidad y adaptabilidad
- Personalización según necesidades: Los seguros de vida colectivos se pueden ajustar a las necesidades específicas del grupo de empleados: por categorías profesionales, niveles salariales, antigüedad, etc.
- Escalabilidad: Fácil incorporación de nuevos empleados a la póliza existente sin necesidad de renegociación completa.
- Cobertura modular: Posibilidad de ofrecer cobertura básica a todos e incrementos voluntarios para quien lo desee.
5. Cumplimiento normativo y protección legal
- Cumplimiento del convenio: Evita sanciones y reclamaciones por incumplimiento cuando el convenio colectivo lo exige.
- Protección frente a reclamaciones: Reduce el riesgo de demandas laborales por falta de protección adecuada.
- Responsabilidad Social Corporativa (RSC): Contribuye a los objetivos de RSC y sostenibilidad empresarial.
Resumen de ventajas cuantificables:
| Ahorro fiscal | 25% sobre primas pagadas (deducción IS) |
| Ahorro en precio | 20-60% vs. pólizas individuales |
| Coste medio/empleado | 200€/año (cobertura básica) |
| Mejora retención | 18-25% reducción rotación (sectores competitivos) |
| ROI estimado | 3:1 (cada euro invertido retorna 3€ en productividad/retención) |
Beneficios para los trabajadores
Los empleados obtienen múltiples ventajas al estar cubiertos por un seguro de vida colectivo de empresa:
1. Protección financiera integral
- Seguridad para la familia: En caso de fallecimiento, los beneficiarios reciben un capital que les permite mantener su nivel de vida, afrontar gastos pendientes (hipoteca, estudios de los hijos) y disponer de un colchón financiero en un momento de máxima vulnerabilidad.
- Protección ante invalidez: Si el empleado queda incapacitado para trabajar, recibe un capital que complementa las prestaciones de la Seguridad Social, que suelen ser insuficientes.
- Cobertura 24/7: A diferencia de los seguros de accidentes laborales, el seguro de vida colectivo cubre dentro y fuera del trabajo, los 365 días del año, las 24 horas del día. Protege en vacaciones, fines de semana, actividades de ocio, etc.
2. Ventajas económicas significativas
- Ahorro masivo: Acceso a un seguro con 40-60% de descuento frente al precio que pagaría contratándolo individualmente en un banco o aseguradora.
- Sin coste directo de bolsillo: Cuando la empresa paga el 100% de la prima, el empleado obtiene protección completa sin desembolso (solo tributa en IRPF por el valor de la prima).
- Beneficios fiscales en prestaciones: Las prestaciones recibidas por fallecimiento están exentas de impuestos hasta 1.000.000€ por beneficiario, lo que significa que la familia recibe el capital íntegro sin retenciones.
3. Acceso simplificado
- Sin exámenes médicos: En la mayoría de casos no se requieren chequeos médicos extensos, análisis de sangre ni reconocimientos. Esto facilita el acceso a personas que, por su historial médico, tendrían dificultades o sobrecostes en pólizas individuales.
- Aceptación automática: Al formar parte de un grupo, la admisión es prácticamente automática (salvo capitales muy elevados o edades límite).
- Sin discriminación por edad/salud: Todos los empleados del colectivo acceden a las mismas condiciones, independientemente de su edad o estado de salud previo.
4. Coberturas adicionales valiosas
- Enfermedades graves: Acceso a prestaciones anticipadas ante diagnóstico de cáncer, infarto, ictus y otras enfermedades críticas, permitiendo afrontar tratamientos costosos o reducción de ingresos durante la enfermedad.
- Asistencia funeraria: Cubre los gastos del sepelio (3.000-6.000€), evitando que la familia tenga que asumir estos costes en un momento de duelo.
- Servicios de asistencia: Muchas pólizas incluyen servicios adicionales: asesoramiento legal, orientación médica telefónica, segunda opinión médica, gestión de trámites, etc.
5. Tranquilidad y bienestar emocional
- Paz mental: Saber que la familia estará protegida financieramente reduce significativamente los niveles de estrés y ansiedad del trabajador.
- Sentimiento de valoración: Percibir que la empresa invierte en su protección genera sentimiento de pertenencia, lealtad y compromiso.
- Mejora del bienestar general: Los beneficios sociales son un touchpoint clave en la Experiencia del Empleado, contribuyendo al bienestar integral (físico, emocional y financiero).
6. Protección completa y acumulable
- Compatible con otras pólizas: El seguro de vida colectivo es compatible y acumulable con seguros de vida individuales. Si el trabajador tiene una póliza personal, puede mantenerla y recibir ambas prestaciones.
- Complementa prestaciones públicas: Se suma a las pensiones e indemnizaciones de la Seguridad Social, no las sustituye, proporcionando una red de protección más sólida.
Ejemplo práctico del valor para el empleado:
Caso: María, 35 años, marketing manager, 2 hijos
Situación: Su empresa contrata seguro colectivo con capital de 60.000€ (2x salario bruto). Prima: 180€/año pagada por empresa.
Valor real para María:
- Protección: 60.000€ para sus hijos si fallece
- Coste bolsillo: 0€ (paga empresa)
- Tributación IRPF: ~54€/año (30% de 180€)
- Coste neto: 54€/año
- Precio mercado individual: 350€/año (con exámenes médicos)
- Ahorro: 296€/año (85%)
Beneficio adicional: Incluye cobertura IPA (60.000€) y enfermedades graves (30.000€ anticipados), sin coste extra.
Seguro de vida colectivo vs individual: Comparativa completa
El seguro de vida colectivo y el seguro de vida individual difieren significativamente en objetivos, costos, cobertura y gestión. Aquí están las principales distinciones:
| Característica | Seguro Colectivo | Seguro Individual |
|---|---|---|
| Contratante | Empresa (para grupo de empleados) | Persona física individual |
| Asegurados | Grupo de empleados (10, 50, 500+) | Una sola persona |
| Coste medio anual | 150-250€ por empleado | 400-800€ (60-70% más caro) |
| Exámenes médicos | Generalmente NO requeridos (salvo capitales muy altos) | Habitualmente SÍ requeridos (analíticas, reconocimiento) |
| Aceptación | Automática para el colectivo | Evaluación individual (puede haber exclusiones/recargos) |
| Personalización | Limitada (condiciones de grupo estándar) | Total (coberturas 100% a medida) |
| Capital asegurado | Fijo o múltiplo salario (ej: 30.000€ o 2x salario) | El que elija el asegurado (desde 10.000€ hasta millones) |
| Vigencia | Mientras dure relación laboral (termina si cambias de empresa) | Según contrato (renovable anualmente o vitalicio) |
| Ventajas fiscales empresa | Sí - Deducible 100% Impuesto Sociedades | No aplica (contrato personal) |
| Tributación empleado | Prima tributa en IRPF si paga empresa | Prima NO tributa (pago personal) |
| Prestaciones exentas | Sí - hasta 1.000.000€ por beneficiario | Sí - hasta 1.000.000€ por beneficiario |
| Gestión | Centralizada por empresa (RRHH gestiona altas/bajas) | Individual (cada persona gestiona su póliza) |
| Flexibilidad de capitales | Limitada (igual para todos o por categorías) | Total (puedes modificar cuando quieras) |
| Coberturas | Estándar del grupo (Fallecimiento, IPA, IPT habituales) | A la carta (añades lo que necesites) |
| Trámite contratación | Automático al ser empleado (sin gestiones) | Proceso completo: solicitud, cuestionario salud, documentación |
| Portabilidad | No portable (se pierde al dejar la empresa) | Totalmente portable (va contigo siempre) |
¿Cuándo elegir uno u otro?
El seguro de vida colectivo es mejor si:
- Trabajas en una empresa que lo ofrece (aprovechar el ahorro del 40-60%)
- Buscas protección básica sin complicaciones ni trámites
- Tienes problemas de salud que dificultarían contratar uno individual
- Prefieres no pagar directamente y que la empresa lo gestione
- Necesitas cobertura mientras trabajas activamente
El seguro de vida individual es mejor si:
- Eres autónomo o trabajas en empresa sin seguro colectivo
- Necesitas capitales muy elevados (200.000€+) o muy personalizados
- Quieres coberturas específicas no disponibles en el colectivo
- Buscas estabilidad a largo plazo (no depender del empleador)
- Prefieres control total sobre beneficiarios, capitales y renovaciones
La opción óptima: Combinar ambos
Muchos expertos recomiendan tener ambos tipos de seguro:
- Seguro colectivo: Protección base mientras trabajas (sin coste o muy económico)
- Seguro individual complementario: Refuerzo para necesidades específicas (hipoteca, estudios hijos, etc.)
Esta estrategia proporciona protección robusta y continuidad incluso si cambias de empresa.
Tipos de seguros de vida colectivos para empresas
Además de las características generales, existen distintos tipos de seguros de vida colectivos según su estructura, forma de contratación y finalidad:
1. Seguro colectivo nominado
Este tipo está dirigido a asegurar grupos o empresas más pequeñas (generalmente menos de 50 empleados), detallando el nombre, edad, profesión y otros datos personales de cada asegurado en la póliza, así como las prestaciones y capitales individuales a percibir.
Características:
- Cada empleado está identificado nominalmente en el contrato
- Los capitales pueden ser diferentes para cada asegurado (según cargo, salario, antigüedad)
- Requiere comunicación de altas y bajas individuales a la aseguradora
- Mayor personalización pero más gestión administrativa
¿Cuándo se usa? En PYMES, empresas familiares, o cuando hay diferencias significativas de capitales entre empleados (ej: directivos con 100.000€ y personal base con 20.000€).
2. Seguro de vida colectivo innominado
Diseñado para grupos de empleados más grandes (normalmente más de 50 empleados), no detalla la identidad individual de los asegurados en el contrato, solo el número total de personas y la descripción genérica de la profesión o actividad relacionada con la empresa u organismo que lo suscribe.
Características:
- No se especifican nombres individuales, solo el número total del colectivo
- Capitales homogéneos para todos (ej: 30.000€ para todos los empleados)
- Altas y bajas automáticas según la plantilla (lista actualizada mensual/trimestral)
- Gestión administrativa muy simplificada
- Más económico que el nominado al distribuir mejor el riesgo
¿Cuándo se usa? En empresas medianas y grandes con plantillas amplias y rotación de personal, donde la gestión individualizada sería ineficiente.
3. Seguro colectivo de convenio (Obligatorio)
Estos seguros son obligatorios según los convenios de ciertos sectores y están destinados a proteger a los empleados en caso de accidentes laborales, fallecimiento o invalidez. El convenio colectivo establece las condiciones mínimas obligatorias.
Características:
- Obligatorio por normativa del sector (no voluntario)
- Coberturas mínimas establecidas por convenio (la empresa puede mejorarlas)
- Capitales fijos o múltiplos del salario según convenio
- Habitualmente cubre: fallecimiento y/o invalidez permanente
Ejemplo destacado: El seguro colectivo del sector de la construcción cubre muerte, incapacidad permanente absoluta y gran invalidez por accidentes o enfermedades profesionales. Es uno de los más conocidos y extendidos en España.
Otros sectores con seguro obligatorio por convenio:
- Transporte de mercancías y viajeros
- Seguridad privada
- Metal (provincial y nacional)
- Limpieza
- Hostelería (en algunos convenios provinciales)
- Química
4. Seguro colectivo voluntario (Beneficio social)
Póliza que la empresa contrata voluntariamente como parte de su paquete de beneficios sociales, sin estar obligada por convenio. Es una herramienta de atracción y retención de talento.
Características:
- La empresa decide libremente las coberturas, capitales y colectivo cubierto
- Puede ofrecerse a toda la plantilla o solo a determinados niveles (directivos, mandos intermedios)
- Flexibilidad total en diseño de la póliza
- Puede incluirse en planes de retribución flexible
5. Seguro colectivo de adhesión voluntaria
La empresa negocia condiciones ventajosas con la aseguradora, pero cada empleado decide si adherirse o no, asumiendo él el coste de la prima (total o parcialmente).
Características:
- Adhesión opcional del empleado
- El empleado paga la prima (descuento del 30-50% vs. mercado individual)
- Puede haber descuento por nómina
- Permite personalización: el empleado elige capital y coberturas dentro de opciones predefinidas
Comparativa de tipos de seguros colectivos:
| Tipo | Tamaño empresa ideal | Gestión | Personalización |
|---|---|---|---|
| Nominado | Pequeña (< 50 empleados) | Manual (alta/baja individual) | Alta (capitales individuales) |
| Innominado | Mediana/Grande (> 50 empleados) | Automática (lista colectiva) | Baja (capitales homogéneos) |
| Convenio | Todas (según sector) | Según convenio | Mínima (cumplir mínimos) |
| Voluntario | Todas | Flexible (decide empresa) | Total (diseño libre) |
| Adhesión | Mediana/Grande | Individual (elige empleado) | Media (opciones a elegir) |
Fiscalidad del seguro de vida colectivo: Guía completa 2025
Los seguros de vida colectivos de empresa tienen implicaciones fiscales específicas tanto para la empresa como para los empleados. Conocer estos aspectos es fundamental para optimizar la inversión y entender el valor real del beneficio.
Para la empresa: Ventajas fiscales
1. Deducción de las primas en el Impuesto sobre Sociedades
Las primas pagadas por la empresa para el seguro de vida colectivo son consideradas gastos deducibles al 100% en el Impuesto sobre Sociedades, siempre que cumplan ciertos requisitos:
Requisitos para la deducibilidad:
- El seguro debe ofrecerse a todos los empleados o a categorías objetivas (no puede ser discriminatorio: ej. "solo para hombres" NO válido, pero "solo para personal técnico" SÍ válido)
- Las primas deben estar correlacionadas con la actividad de la empresa
- El tomador del seguro debe ser la empresa
Ejemplo práctico de ahorro fiscal:
| Prima anual pagada: | 10.000€ (50 empleados × 200€) |
| Deducción IS (25%): | 2.500€ de ahorro en impuestos |
| Coste neto empresa: | 7.500€ (10.000€ - 2.500€) |
| Coste efectivo/empleado: | 150€ en lugar de 200€ |
2. Impuesto sobre Primas de Seguros (IPS)
El IPS es un tributo indirecto que grava las primas de seguros con un tipo general del 6%. Sin embargo:
- Los seguros de vida colectivo empresarial están EXENTOS del IPS en la mayoría de casos
- La exención aplica cuando el seguro se destina a prestaciones similares a la Seguridad Social
- El 6% ya viene incluido en el precio de la prima cuando no hay exención
Para el empleado: Tributación y exenciones
1. Tributación de las primas en IRPF
❌ Las primas NO están exentas de IRPF (este es un punto crítico que muchos desconocen):
- Si la empresa paga la prima: El valor de la prima tributa como retribución en especie en el IRPF del trabajador
- Valoración fiscal: Se toma el coste de la prima para la empresa
- Retención: Se incluye en la base de retención del IRPF de la nómina
- Tipo de gravamen: Según el tramo marginal del empleado (19%-47%)
Ejemplo práctico:
Empleado con salario de 30.000€/año (tramo IRPF 30%)
- Prima pagada por empresa: 200€/año
- Retribución en especie: 200€
- Impuesto a pagar (30%): 60€
- Coste real para el empleado: 60€/año
- Precio mercado individual: 400€/año
- Ahorro neto: 340€ (85%)
Si el empleado paga la prima: No tributa en IRPF (es gasto personal), pero tampoco es deducible.
2. Exención de las prestaciones recibidas
✅ Las prestaciones SÍ están exentas de impuestos (con límites generosos):
Por fallecimiento:
- Exentas hasta 1.000.000€ por cada beneficiario
- Si hay 3 beneficiarios (cónyuge + 2 hijos), la exención total es de 3.000.000€
- Cantidades superiores a 1.000.000€ por beneficiario tributan como rendimiento del capital mobiliario (19%-28%)
- Los beneficiarios reciben el capital sin retenciones ni deducciones
Por invalidez (IPA o IPT):
- Exentas si se cumplen los requisitos legales de invalidez permanente
- Debe estar certificada oficialmente por la Seguridad Social o entidad competente
- Sin límite de capital (toda la prestación está exenta)
Por enfermedades graves:
- Exentas si cumplen los criterios de las normativa (enfermedad grave y certificada)
- Tratamiento similar a la invalidez
3. Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD)
En caso de fallecimiento, las prestaciones del seguro de vida NO tributan en el Impuesto de Sucesiones porque no forman parte de la herencia. Son un derecho directo del beneficiario designado.
Ventaja clave: Los beneficiarios reciben el capital de forma inmediata y sin tributar en Sucesiones, mientras que la herencia puede tardar meses/años y tributa (5%-34% según CCAA y parentesco).
Comparativa fiscal completa: ¿Compensa el seguro colectivo?
Escenario: Empresa con 50 empleados, prima media 200€/empleado/año
| Concepto | Empresa | Empleado |
|---|---|---|
| Prima bruta | 10.000€/año (50 × 200€) | 200€/año |
| Deducción IS (25%) | -2.500€ (ahorro fiscal) | N/A |
| Coste neto empresa | 7.500€/año | N/A |
| Tributación IRPF empleado | N/A | 60€ (30% de 200€) |
| Coste real empleado | N/A | 60€/año |
| Precio mercado individual | N/A | 400€/año |
| Ahorro empleado | N/A | 340€/año (85%) |
| Prestación fallecimiento | N/A | Exenta hasta 1.000.000€ |
Casos especiales: Seguros de ahorro o supervivencia
Si el seguro incluye componente de ahorro (poco común en colectivos, más en individuales):
- Las aportaciones no son deducibles para el empleado
- El rescate tributa como rendimiento del capital mobiliario
- Ventajas fiscales si se rescata como renta vitalicia
Otros impuestos a considerar
IVA: Los seguros de vida están exentos de IVA (no se aplica).
Retenciones: Las primas pagadas por la empresa no tienen retención específica, se integran en el cálculo global de retención IRPF de la nómina.
Recomendaciones fiscales
- ✅ Para la empresa: Asegúrate de documentar correctamente que el seguro se ofrece a todo el colectivo o categorías objetivas para garantizar la deducibilidad.
- ✅ Para el empleado: Aunque tributes en IRPF por la prima, el ahorro vs. mercado (40-60%) compensa ampliamente la tributación.
- ✅ Planificación: Considera combinar seguro colectivo (base) + individual (complemento) para optimizar protección y fiscalidad.
- ✅ Asesoramiento: Consulta con un asesor fiscal para casos específicos (capitales muy altos, situaciones especiales).
¿Cuánto cuesta un seguro de vida colectivo para empresas?
El coste de un seguro de vida colectivo varía significativamente según múltiples factores. Aquí te explicamos en detalle cómo se determina el precio y qué puedes esperar pagar.
Coste medio orientativo
El coste medio de un seguro de vida colectivo es de 200€ anuales por empleado para una cobertura básica (fallecimiento por cualquier causa con capital de 30.000€). Sin embargo, los precios pueden oscilar entre:
- Gama económica: 80-150€/empleado/año (cobertura básica, capitales bajos)
- Gama media: 150-300€/empleado/año (fallecimiento + IPA, capitales medios)
- Gama alta: 300-600€/empleado/año (cobertura completa, capitales altos, múltiples coberturas)
- Gama premium: 600€+/empleado/año (capitales muy elevados, coberturas todo riesgo)
Factores que determinan el precio
1. Edad media de la plantilla
A mayor edad del colectivo asegurado, mayor es la prima porque aumenta el riesgo de fallecimiento e invalidez:
| Edad media plantilla | Precio orientativo/empleado/año | Impacto |
|---|---|---|
| 25-35 años | 100-150€ | Precio base (riesgo bajo) |
| 35-45 años | 150-250€ | +50% vs. 25-35 años |
| 45-55 años | 250-400€ | +150% vs. 25-35 años |
| 55-65 años | 400-700€ | +300% vs. 25-35 años |
Nota: Aseguradoras suelen rechazar o aplicar recargos significativos a mayores de 70 años.
2. Sector de actividad (Nivel de riesgo)
Profesiones consideradas de alto riesgo tienen primas superiores debido a la mayor probabilidad de accidentes:
Sectores de BAJO riesgo (primas más económicas):
- Oficinas y servicios administrativos
- Consultoría y asesoramiento
- Educación
- Tecnología e IT
- Marketing y comunicación
Sectores de RIESGO MEDIO (primas estándar +20-40%):
- Comercio y retail
- Hostelería y turismo
- Sanidad (personal no quirúrgico)
- Logística y almacenes
Sectores de ALTO riesgo (primas elevadas +50-150%):
- Construcción: Trabajo en altura, maquinaria pesada
- Transporte: Conductores profesionales (camiones, autobuses)
- Seguridad privada: Vigilantes, escoltas
- Minería: Trabajo subterráneo, explosivos
- Bomberos y emergencias
- Policía y Fuerzas Armadas
- Submarinistas y buzos profesionales
- Pilotos comerciales
- Limpieza de cristales en altura
- Deportistas profesionales de alto riesgo
3. Capital asegurado
A mayor capital contratado, mayor prima (relación casi proporcional):
| Capital 10.000€ | Prima base: 80-100€/año |
| Capital 30.000€ | Prima: 180-250€/año (×3 capital → ×2.5 prima aprox.) |
| Capital 50.000€ | Prima: 280-400€/año |
| Capital 100.000€ | Prima: 500-800€/año |
| Capital múltiplo salario (ej: 2× salario bruto) | Variable por empleado (más gestión pero más justo) |
4. Coberturas incluidas
Cada cobertura adicional incrementa el precio:
- Solo Fallecimiento: Precio base (100%)
- Fallecimiento + IPA: +30-50% sobre precio base
- Fallecimiento + IPA + IPT: +60-100% sobre precio base
- Añadir Enfermedades Graves: +20-40% adicional
- Añadir Accidentes (doble capital): +15-25% adicional
- Añadir Asistencia Funeraria: +10-20€/año
5. Tamaño del colectivo
Grupos más grandes consiguen mejores precios por economía de escala:
| 1-10 empleados | Precio estándar (sin descuentos) |
| 11-50 empleados | Descuento: 5-10% |
| 51-100 empleados | Descuento: 10-20% |
| 101-500 empleados | Descuento: 20-30% |
| 500+ empleados | Descuento: 30-40% (negociación personalizada) |
6. Siniestralidad del sector/empresa
Si el sector o la empresa tienen historial de alta siniestralidad (muchos siniestros), las primas suben. Por el contrario, baja siniestralidad puede generar:
- Bonificaciones: Devolución del 10-30% de primas si no hay siniestros
- Participación en beneficios: Parte de los beneficios de la aseguradora se devuelven al tomador
Ejemplos prácticos de coste real
Caso 1: Startup tecnológica (Bajo riesgo)
- Empleados: 15 personas
- Edad media: 32 años
- Sector: Desarrollo software (bajo riesgo)
- Cobertura: Fallecimiento (30.000€)
- Prima total: 1.800€/año (120€/empleado)
- Coste neto empresa (con deducción 25%): 1.350€/año (90€/empleado)
Caso 2: Empresa de construcción (Alto riesgo)
- Empleados: 80 personas
- Edad media: 42 años
- Sector: Construcción (alto riesgo)
- Cobertura: Fallecimiento + IPA (capital convenio: 50.000€)
- Prima total: 28.000€/año (350€/empleado)
- Coste neto empresa (con deducción 25%): 21.000€/año (262€/empleado)
Caso 3: Empresa de servicios (Riesgo medio)
- Empleados: 50 personas
- Edad media: 38 años
- Sector: Consultoría (medio riesgo)
- Cobertura: Fallecimiento + IPA + IPT (capital: 2× salario bruto medio = 60.000€)
- Prima total: 12.000€/año (240€/empleado)
- Coste neto empresa (con deducción 25%): 9.000€/año (180€/empleado)
¿Cómo calcular el presupuesto para tu empresa?
Fórmula orientativa básica:
Prima anual = Nº empleados × Capital asegurado × Factor edad × Factor sector × Factor coberturas / 1000
Herramienta simplificada:
- Define el capital que quieres asegurar (ej: 30.000€)
- Multiplica por número de empleados
- Aplica coeficiente según edad media:
- Edad 25-35: ×0.004
- Edad 35-45: ×0.006
- Edad 45-55: ×0.010
- Edad 55-65: ×0.015
- Ajusta según sector (+30% si alto riesgo, estándar si bajo/medio)
Ejemplo: 50 empleados, edad media 40 años, sector servicios, capital 30.000€
- 50 empleados × 30.000€ × 0.006 = 9.000€/año
- Prima media: 180€/empleado/año
Consejos para optimizar el coste
- ✅ Compara varias aseguradoras: Diferencias de hasta 30-40% entre compañías para mismo perfil
- ✅ Negocia en grupo: Si tienes más de 50 empleados, pide condiciones especiales
- ✅ Ajusta coberturas a necesidades reales: No contrates IPT si tu convenio solo exige fallecimiento
- ✅ Revisa anualmente: Siniestralidad baja puede dar derecho a bonificaciones
- ✅ Broker especializado: Un mediador de seguros puede conseguir ahorros del 15-25%
Casos prácticos: ¿Cuándo actúa el seguro de vida colectivo?
Para entender mejor cómo funciona el seguro de vida colectivo en situaciones reales, aquí tienes varios casos prácticos basados en situaciones habituales:
Caso 1: Fallecimiento por enfermedad
Situación: Juan, 45 años, empleado de una empresa de logística, fallece repentinamente por infarto de miocardio. Tenía un seguro colectivo con capital de 50.000€ por fallecimiento. Deja esposa y dos hijos menores (8 y 12 años).
Proceso:
- La empresa notifica el fallecimiento a la aseguradora en 7 días
- La viuda (beneficiaria designada) presenta:
- Certificado de defunción
- DNI del fallecido y beneficiarios
- Libro de familia
- La aseguradora revisa la documentación (5-10 días)
- Aprueba el pago y transfiere el capital
Resultado:
- ✅ La esposa recibe 50.000€ íntegros (sin retenciones fiscales, exentos hasta 1.000.000€)
- ✅ Plazo de pago: 15-30 días desde presentación completa de documentación
- ✅ El capital ayuda a la familia a:
- Cancelar hipoteca pendiente (25.000€)
- Gastos funerarios (4.000€)
- Fondo de emergencia para adaptación económica (21.000€)
- ✅ Sin tributo en IRPF ni Sucesiones
Caso 2: Invalidez Permanente Absoluta (IPA)
Situación: María, 38 años, administrativa, sufre un grave accidente de tráfico que le provoca lesiones medulares irreversibles, quedando en silla de ruedas e imposibilitada para trabajar. Su empresa tenía contratada cobertura de Fallecimiento + IPA con capital de 60.000€.
Proceso:
- María tramita Incapacidad Permanente Absoluta ante la Seguridad Social
- Obtiene resolución favorable de IPA (proceso de 6-12 meses)
- Presenta a la aseguradora:
- Resolución oficial de IPA de la Seguridad Social
- Informes médicos completos
- Documentación personal
- La aseguradora valida la documentación
Resultado:
- ✅ María recibe 60.000€ como pago único
- ✅ Exento de impuestos (prestación por invalidez)
- ✅ Puede complementar con:
- Pensión de IPA de la Seguridad Social (~1.200€/mes)
- El capital del seguro la ayuda a adaptar su vivienda (20.000€), comprar vehículo adaptado (25.000€) y disponer de reserva financiera (15.000€)
- ✅ Plazo de pago: 30-60 días desde resolución definitiva de IPA
Caso 3: Enfermedad grave (Cáncer)
Situación: Carlos, 52 años, directivo de una empresa tecnológica, es diagnosticado con cáncer de páncreas con metástasis. Su seguro colectivo incluye cobertura de enfermedades graves que paga el 50% del capital (100.000€) de forma anticipada al diagnóstico.
Proceso:
- Carlos presenta diagnóstico médico certificado del oncólogo
- Informes de pruebas (TAC, biopsia) que confirman el cáncer
- La aseguradora revisa que cumple condiciones de la póliza (enfermedad listada, estado avanzado)
Resultado:
- ✅ Carlos recibe 50.000€ en vida (pago anticipado)
- ✅ Puede usar el capital para:
- Tratamientos experimentales no cubiertos por Seguridad Social (15.000€)
- Adaptar su situación laboral (reducción jornada, teletrabajo)
- Cuidados especializados y ayuda domiciliaria (20.000€)
- Reserva para su familia (15.000€)
- ✅ Si fallece posteriormente, los beneficiarios reciben los 50.000€ restantes
- ✅ Plazo de pago: 20-40 días desde diagnóstico certificado
Caso 4: Accidente laboral con fallecimiento
Situación: Roberto, 33 años, trabaja en una empresa de construcción. Sufre un accidente mortal al caer desde un andamio. Su seguro de convenio obligatorio del sector construcción cubre fallecimiento con capital de 40.000€, más cobertura adicional por accidente que dobla el capital.
Proceso:
- La empresa notifica inmediatamente el accidente laboral
- Se abre investigación laboral (Inspección de Trabajo)
- Los beneficiarios (padres, ya que Roberto era soltero sin hijos) presentan certificado de defunción y parte de accidente laboral
- ✅ Los padres reciben 80.000€ totales:
- 40.000€ por fallecimiento (capital base del convenio)
- 40.000€ adicionales por muerte accidental (doble capital)
- ✅ Además pueden recibir:
- Indemnización de la Seguridad Social por accidente laboral
- Posible indemnización adicional si hay responsabilidad de la empresa o terceros
- ✅ Todo exento de impuestos
- ✅ Plazo de pago: 30-45 días (algo más largo por investigación del accidente)
Resultado:
Caso 5: Cambio de empresa (pérdida de cobertura)
Situación: Pedro, 41 años, lleva 8 años en su empresa actual que le proporciona seguro de vida colectivo con capital de 50.000€. Acepta una oferta en otra empresa que no ofrece este beneficio.
¿Qué ocurre?
- ❌ La cobertura del seguro colectivo finaliza automáticamente el día que termina su relación laboral
- ❌ Pedro pierde la protección que tenía
- ❌ No puede "llevarse" la póliza a la nueva empresa
Opciones para Pedro:
- Portabilidad limitada: Algunas aseguradoras ofrecen convertir el seguro colectivo en individual con condiciones especiales (sin exámenes médicos) durante los primeros 30-60 días tras dejar la empresa. Prima será más alta pero sin requisitos médicos.
- Contratar seguro individual: Buscar póliza individual en el mercado (precio más elevado, necesitará exámenes médicos)
- Negociar con nueva empresa: Pedir como condición de incorporación que la empresa contrate seguro colectivo o le bonifique uno individual
- Esperar: Si la nueva empresa planea incorporar seguro colectivo próximamente
Lección importante: El seguro colectivo NO es portable. Es fundamental tenerlo en cuenta al cambiar de empleo y evaluar el paquete completo de beneficios, no solo el salario.
Caso 6: Invalidez Permanente Total (IPT) - Profesión habitual
Situación: Ana, 44 años, pianista profesional y profesora de música en conservatorio, sufre un accidente que le causa lesión irreversible en la mano derecha. Ya no puede tocar el piano profesionalmente, aunque podría realizar otros trabajos. Su seguro incluye IPT con capital de 70.000€.
Proceso:
- Ana solicita IPT a la Seguridad Social argumentando que no puede realizar su profesión habitual (pianista/profesora de piano)
- Obtiene resolución de IPT (no puede realizar su profesión habitual)
- Presenta documentación a la aseguradora
Resultado:
- ✅ Ana recibe 70.000€ del seguro (100% del capital IPT)
- ✅ Puede complementar con pensión de IPT de la Seguridad Social (~900-1.100€/mes)
- ✅ El capital le permite:
- Reconvertir su carrera (formación en gestión cultural, producción musical)
- Periodo de adaptación sin presión financiera
- Mantener su nivel de vida durante la transición
- ✅ Exento de impuestos
Lecciones clave de los casos prácticos:
- ✅ El seguro actúa rápidamente (15-60 días según caso) cuando la documentación está completa
- ✅ Las prestaciones están exentas de impuestos en la inmensa mayoría de casos
- ✅ Se puede combinar con otras prestaciones (Seguridad Social, indemnizaciones)
- ✅ La cobertura es 24/7 (no solo accidentes laborales)
- ❌ La cobertura NO es portable al cambiar de empresa
- ✅ Es fundamental designar correctamente a los beneficiarios y mantener actualizados sus datos
Cómo contratar un seguro de vida colectivo para tu empresa
En conclusión, los seguros de vida colectivos ofrecen una opción altamente atractiva tanto para las empresas como para sus empleados, brindando protección financiera integral y beneficios fiscales significativos. Sin embargo, es fundamental comprender la fiscalidad específica de estos seguros y cómo se aplican a cada situación particular.
Pasos para contratar el seguro de vida colectivo ideal:
- Análisis de obligatoriedad: Verifica si tu convenio colectivo exige seguro de vida y cuáles son los requisitos mínimos (capitales, coberturas, colectivo aplicable).
- Definir necesidades:
- ¿Qué colectivo quieres asegurar? (todos los empleados, solo determinadas categorías)
- ¿Qué capital deseas? (fijo o variable según salario)
- ¿Qué coberturas necesitas? (fallecimiento, IPA, IPT, enfermedades graves)
- ¿Quién asumirá el coste? (empresa 100%, compartido, empleado 100%)
- Solicitar comparativa de mercado: Pide presupuestos a 3-5 aseguradoras diferentes o trabaja con un broker especializado que compare por ti. Asegúrate de comparar con las mismas condiciones.
- Evaluar propuestas: No elijas solo por precio. Valora:
- Solidez de la aseguradora (rating financiero)
- Coberturas incluidas y exclusiones
- Calidad del servicio de atención al cliente
- Experiencia en seguros colectivos empresariales
- Facilidad de gestión (plataforma digital, altas/bajas automáticas)
- Servicios adicionales (asesoramiento, segunda opinión médica)
- Negociar condiciones: Especialmente si tienes más de 50 empleados, negocia:
- Descuentos por volumen
- Participación en beneficios si siniestralidad es baja
- Flexibilidad en altas/bajas de empleados
- Posibilidad de mejoras voluntarias para empleados
- Revisar contrato en detalle: Antes de firmar, verifica:
- Coberturas exactas y sus límites
- Exclusiones específicas
- Procedimiento de siniestros
- Condiciones de renovación
- Plazos de carencia (si los hay)
- Edad máxima de los asegurados
- Comunicar a empleados: Informa claramente a tu plantilla sobre:
- Qué cubre el seguro y qué no
- Cómo designar beneficiarios
- Cómo actuar en caso de siniestro
- Servicios adicionales disponibles
- Implicaciones fiscales (tributación IRPF de la prima)
- Gestión continua:
- Actualiza altas/bajas de empleados puntualmente
- Revisa anualmente las condiciones (pueden mejorar)
- Evalúa la siniestralidad (puede dar bonificaciones)
- Mantén actualizados los datos de beneficiarios
¿Necesitas un seguro de vida colectivo para tu empresa?
En Segurfer somos especialistas en seguros de vida colectivo para empresas. Te ayudamos a encontrar la póliza que mejor se adapta a tu convenio, sector y plantilla:
- ✅ Análisis de obligatoriedad según tu convenio colectivo (sectorial, provincial, empresa)
- ✅ Comparativa de 10+ aseguradoras con las mejores condiciones del mercado
- ✅ Cálculo de ahorro fiscal para tu empresa (deducción Impuesto Sociedades)
- ✅ Gestión completa de altas/bajas de empleados (plataforma digital)
- ✅ Asesoramiento personalizado sobre coberturas óptimas según tu sector y riesgos
- ✅ Sin coste por nuestro servicio de intermediación (comisión de aseguradoras)
Presupuesto gratuito en 24 horas sin compromiso
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Preguntas frecuentes sobre el seguro de vida colectivo
¿Qué es el seguro de vida colectivo en una empresa?
Es una póliza única que una empresa contrata para proteger a un grupo de empleados ante fallecimiento o invalidez, cubriendo a todos bajo un mismo contrato. Ofrece protección económica a las familias de los trabajadores y no requiere exámenes médicos extensos en la mayoría de casos. Es hasta un 60% más económico que las pólizas individuales.
¿Quién paga el seguro de vida colectivo?
Existen tres modalidades principales:
- Empresa 100%: La empresa asume el coste completo (beneficio social, deducible fiscalmente)
- Pago compartido: Empresa y empleado comparten el coste (ej: 50%-50%, 70%-30%)
- Empleado 100%: El empleado paga pero con condiciones de grupo ventajosas (ahorro del 40-60% vs. mercado)
Depende del acuerdo laboral, convenio colectivo o política de beneficios de la empresa.
¿Cómo funciona el seguro de vida en el trabajo?
La empresa contrata una póliza con una aseguradora y sus empleados quedan automáticamente cubiertos desde el alta en la empresa. No requiere trámites individuales ni exámenes médicos previos en la mayoría de casos. La cobertura es 24/7 (dentro y fuera del trabajo), durante todo el año. Al producirse un siniestro (fallecimiento, invalidez), los beneficiarios designados reciben el capital asegurado en un plazo de 15-60 días.
¿Qué beneficios tiene para los trabajadores?
Los empleados obtienen múltiples ventajas:
- Protección financiera: Sus familias reciben un capital en caso de fallecimiento (exento de impuestos hasta 1.000.000€ por beneficiario)
- Ahorro masivo: 40-60% más económico que contratar una póliza individual
- Acceso simplificado: Sin exámenes médicos ni cuestionarios de salud complejos
- Cobertura 24/7: Protección dentro y fuera del trabajo, todos los días del año
- Coberturas adicionales: Invalidez, enfermedades graves, asistencia funeraria
- Tranquilidad: Paz mental sabiendo que la familia está protegida
¿Es obligatorio contratar un seguro de vida colectivo?
Es obligatorio SOLO cuando lo establece el convenio colectivo de tu sector. No existe una ley general que obligue a todas las empresas. Sectores donde suele ser obligatorio por convenio:
- Construcción (uno de los más extendidos)
- Transporte de mercancías y pasajeros
- Seguridad privada
- Metal (provincial y nacional)
- Limpieza
- Química
- Hostelería (algunos convenios provinciales)
Consulta tu convenio colectivo (apartado "Seguros" o "Previsión Social") para verificar la obligatoriedad específica.
¿Cuánto cuesta un seguro de vida colectivo?
El coste medio es de 200€ anuales por empleado para una cobertura básica (fallecimiento, capital 30.000€). Sin embargo, varía según:
- Edad de la plantilla: Plantilla joven (25-35 años): 100-150€/año. Plantilla senior (50-60 años): 400-600€/año
- Sector de actividad: Oficinas (bajo riesgo): precio base. Construcción (alto riesgo): +50-100%
- Capital asegurado: A mayor capital, mayor prima (relación proporcional)
- Coberturas: Solo fallecimiento (más económico) vs. Fallecimiento+IPA+IPT+Enfermedades graves (más caro)
- Tamaño del grupo: Grupos grandes (100+ empleados) consiguen descuentos del 20-40%
¿Qué coberturas tiene el seguro de vida colectivo?
Coberturas principales más contratadas:
- Fallecimiento: Capital para beneficiarios en caso de muerte por cualquier causa
- Invalidez Permanente Absoluta (IPA): Capital si no puede realizar ningún trabajo
- Invalidez Permanente Total (IPT): Capital si no puede realizar su profesión habitual
- Enfermedades graves: Pago anticipado ante diagnóstico de cáncer, infarto, ictus, etc.
- Accidentes: Doble o triple capital si el fallecimiento es por accidente
- Asistencia funeraria: Cubre gastos del sepelio (3.000-6.000€)
- Incapacidad temporal: Complemento de ingresos si está de baja
¿El seguro cubre fuera del trabajo?
Sí, el seguro de vida colectivo cubre 24 horas al día, 7 días a la semana, 365 días al año. No es un seguro de accidentes laborales. Funciona:
- ✅ Dentro y fuera del horario laboral
- ✅ Por cualquier causa (enfermedad o accidente)
- ✅ En España y en el extranjero (según condiciones de la póliza)
- ✅ Durante vacaciones, fines de semana, festivos
- ✅ En actividades de ocio, deportivas, viajes personales
¿Qué pasa con el seguro si cambio de empresa?
La cobertura finaliza cuando termina tu relación laboral. El seguro de vida colectivo NO es portable. Sin embargo, tienes opciones:
- Portabilidad limitada: Algunas aseguradoras permiten convertirlo en individual sin exámenes médicos durante 30-60 días (prima más alta)
- Seguro individual: Contratar una póliza propia (más caro, con exámenes médicos)
- Nuevo empleador: Beneficiarte del seguro colectivo de tu nueva empresa si lo ofrece
Importante: Considera este aspecto al evaluar ofertas laborales. Un buen paquete de beneficios (incluido seguro de vida) puede compensar diferencias salariales.
¿Tributa el seguro de vida colectivo?
Las primas:
- ❌ Si la empresa paga: Tributan en IRPF como retribución en especie (el empleado paga impuestos sobre el valor de la prima)
- ✅ Si el empleado paga: No tributa (gasto personal)
Las prestaciones:
- ✅ Por fallecimiento: Exentas hasta 1.000.000€ por beneficiario (sin IRPF, sin Sucesiones)
- ✅ Por invalidez: Exentas completamente si es invalidez permanente certificada
Para la empresa:
- ✅ Las primas son deducibles al 100% en el Impuesto sobre Sociedades (ahorro fiscal del 25%)
¿Puedo tener seguro individual y colectivo a la vez?
Sí, son totalmente compatibles y acumulables. Muchas personas combinan:
- Seguro colectivo de la empresa: Protección base sin coste o muy económica
- Seguro individual complementario: Para incrementar capital o tener coberturas específicas
En caso de siniestro, se cobran ambos capitales (no se restan). Esta estrategia proporciona protección robusta y continuidad incluso al cambiar de empresa.
¿Cómo designo a los beneficiarios?
Al contratar el seguro o incorporarte a la póliza de la empresa, deberás cumplimentar un formulario de designación de beneficiarios. Puedes designar:
- Personas físicas específicas: Cónyuge, hijos, padres, hermanos, pareja de hecho
- Porcentajes: Ej. 50% cónyuge, 25% hijo 1, 25% hijo 2
- Beneficiarios subsidiarios: Si el principal fallece antes o renuncia
Importante: Mantén actualizados los datos de beneficiarios, especialmente tras cambios vitales (matrimonio, divorcio, nacimiento de hijos, fallecimiento de beneficiario).
¿Qué documentación necesito para cobrar el seguro?
En caso de fallecimiento:
- Certificado literal de defunción
- DNI del fallecido y de los beneficiarios
- Libro de familia o documento que acredite el parentesco
- Certificado de últimas voluntades (testamento)
- Parte médico de defunción
- Declaración de beneficiarios (formulario aseguradora)
En caso de invalidez:
- Resolución oficial de invalidez de la Seguridad Social (IPA o IPT)
- Informes médicos completos
- DNI del asegurado
- Declaración del asegurado (formulario)
¿Cuánto tarda en pagarse el seguro?
Los plazos habituales son:
- Fallecimiento por causa natural: 15-30 días desde documentación completa
- Fallecimiento por accidente: 30-45 días (requiere investigación)
- Invalidez permanente: 30-60 días desde resolución oficial de invalidez
- Enfermedades graves: 20-40 días desde diagnóstico certificado
El plazo comienza cuando la aseguradora recibe toda la documentación completa y correcta. Cualquier documento faltante o error retrasa el proceso.
¿Puedo aumentar el capital asegurado?
Depende del tipo de póliza:
- Seguro colectivo estándar (empresa paga): Generalmente NO, el capital es fijo para todo el colectivo o por categorías predefinidas
- Seguro colectivo de adhesión voluntaria: A menudo SÍ, puedes elegir entre varios niveles de capital al adherirte o en renovación
- Mejora individual voluntaria: Algunas empresas permiten a los empleados contratar capital adicional pagándolo ellos (con condiciones de grupo ventajosas)
Consulta con el departamento de RRHH de tu empresa las opciones disponibles.
Última actualización: Febrero 2026 | Autor: Segurfer - Expertos en seguros de vida colectivo para empresas | Solicitar presupuesto sin compromiso

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